Sí tu propiedad tiene una Planta de Tratamiento de Agua Residual, debes conocer esto:

Sí tu propiedad tiene una Planta de Tratamiento de Agua Residual, debes conocer esto:

La información es el pilar fundamental para una buena gestión, con este articulo pretendemos darte una base para que sepas gestionar un mantenimiento de una Planta de Tratamiento de Agua Residual o de dar cuentas a la autoridad competente.

En la Republica de Panamá el agua residual descargada a fuentes naturales y alcantarillado, está regida por normas especificas dictadas por las autoridades competentes, entre ellas ANAM, MINSA E IDAAN.

A continuación, citamos las principales características de cada norma, esperando sea de ayuda para la gestión de la Planta de Tratamiento de Agua Residual, las normas se encuentran en línea para consultas más a fondo. Igualmente, permítenos ponernos a tu disposición si requieres asistencia o consultoría técnica para tu proyecto.

  1. COPANIT 35 2019, descarga de efluentes líquidos directamente a cuerpos y masas de agua superficiales y subterráneas: esta norma indica los valores máximos permisibles, frecuencia de muestreo y tipo de muestreo que deben cumplir los vertidos de efluentes líquidos a fuentes naturales, provenientes de actividades domesticas, comerciales o industriales, con el objetivo de prevenir la contaminación de las fuentes hídricas nativas de nuestro país.
  2. COPANIT 39 2023, descarga de efluentes líquidos directamente a sistemas de recolección de aguas residuales: esta norma indica los valores máximos permisibles, frecuencia de muestreo y tipo de muestreo que deben cumplir los vertidos de efluentes líquidos provenientes de actividades domesticas, comerciales o industriales, con el objetivo de proteger y preservar los sistemas de recolección y los procesos de tratamiento de aguas residuales de efectos adversos.
  3. COPANIT 47 2000, usos y disposición final de lodos: esta norma define los procesos y limites máximos permisibles para la utilización y comercialización de lodos procedentes del tratamiento de aguas residuales, como acondicionador de suelo o abono para agricultura, contribuyendo así a darle mejor uso a los recursos y reducir los costos del tratamiento del agua.
  4. COPANIT 24 99, reutilización de las aguas residuales tratadas: en esta norma se dictan las características que debe cumplir el agua residual tratada para ser usada en distintos campos de aplicación tales como: agua para consumo de animales, riego, recreación y estética, acuicultura, restauración del habitad, uso industrial y minero. Con el objetivo principal de incentivar el uso adecuado de los recursos.
  5. RESOLUCION AG -0026-2002, POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS CRONOGRAMAS DE CUMPLIMIENTO PARA LA CARACTERIZACIÓN Y ADECUACIÓN A LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS PARA DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES DGNTI-COPANIT 35-2000 Y DGNTI-COPANIT 39-2000: esta norma establece el listado de parámetros a medir en las caracterizaciones de aguas residuales según la actividad comercial o industrial del establecimiento y toma como base la lista de parámetros contaminantes significativos en cada tipo de industria según la clasificación industrial internacional uniforme CIIU. 

Las normas contestan varias preguntas importantes, entre ellas: ¿Qué medir? Y ¿Cuándo medir?, de las cuales surgen otras muy importantes para el éxito y economía de tu gestión o proyecto: ¿estoy realizando el tratamiento adecuado? ¿son necesarios todos los procesos que realiza mi planta? ¿puedo ahorrar energía y recursos ajustándome a los parámetros de norma?, para responder estas u otras preguntas y aplicar las soluciones técnicas correspondientes estamos a tu entera disposición.

Nosotros somos especialistas en todos los procesos relevantes. Contáctanos y trabajemos juntos!

Links de Interés:
https://mici.gob.pa/wp-content/uploads/2021/12/35rt-dgnti-copanit-35-2019-1.pdf
https://asep.gob.pa/direcciones/services/agua-y-alcantarillado/legislacion/

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